Los afiliados del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) que tengan un mínimo de 65 años de edad y acrediten al menos 10 años de aportes ya pueden tramitar su jubilación ante la Oficina de Normalización Previsional (ONP). Según comentó el titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Pedro Francke, con este reglamento establecido las pensiones podrán concretarse a partir de noviembre.
Con la publicación del Decreto Supremo Nº 282-2021-EF se establece que estos afiliados podrán cobrar una pensión proporcional de entre S/ 250 y S/ 350 que se darán en 12 pagos anuales.
En una primera etapa la ONP estima que se beneficiará a más de 46,000 afiliados con esta facilidad, y en el largo plazo se estima que serán 740,000 los inscritos con pensiones proporcionales.
“Se concreta la posibilidad de que los afiliados a la ONP que aportaron por lo menos 10 años puedan tener pensiones proporcionales. Aliento a los afiliados a que presenten sus solicitudes para que desde noviembre puedan ver materializadas sus pensiones, fruto de los aportes que realizaron”, señaló.
LINK para hacer la solicitud: https://www.onp.gob.pe/paginas/solicitudvirtual.aspx
¿CÓMO HACER LA SOLICITUD?
Los afiliados que ya cumplan con la edad de 65 años a más y con el mínimo de aportes podrán presentar sus solicitudes en la página onpvirtual.pe.
Tras ingresar a la página deben dar click en la opción ‘Estoy aportando’ y luego ‘Quiero mi pensión’.
Solicitar pensión de jubilación proporcional especial
Si eres afiliado(a) del Sistema Nacional de Pensiones (D.L. Nº 19990) y has cumplido con 10 o 15 años de aportes, puedes solicitar una pensión de jubilación proporcional.
Según el Decreto Supremo N°282-2021, los afiliados que tengan como mínimo 65 años de edad y cumplan con acreditar al menos 10 años de aportes (120 unidades de aporte) y no lleguen a 15 años (180 Unidades de Aporte), tienen derecho a una pensión de jubilación de hasta S/250 por 12 veces al año.
Asimismo, aquellos que tengan como mínimo 65 años de edad y cumplan con acreditar al menos 15 años de aportes (180 unidades de aporte) y no lleguen a 20 años (240 unidades de aportes), tienen derecho a una pensión de jubilación de hasta S/350 por 12 veces al año.
Ambos montos de pensión están sujetos al descuento del 4% por EsSalud.
Requisitos:
Copia simple de los documentos que acrediten la relación laboral o declaración simple que compruebe el vínculo laboral. Estos pueden ser:
- Certificados de trabajo.
- Boletas de pago de remuneraciones.
- Liquidación de tiempo de servicios o de beneficios sociales.
- Constancias de aportaciones de la Oficina de Registro y Cuenta Individual Nacional de Empleadores Asegurados (Orcinea) emitido por el Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) o del Seguro Social de Salud (EsSalud).
- Cualquier documento público entregado por un funcionario público en ejercicio de sus atribuciones, otorgado ante un notario o por bajo alguna ley especial. La copia deberá estar certificada por el auxiliar jurisdiccional respectivo, notario público o fedatario, según corresponda.
Copia simple de los Certificados de Pago Regular (CPR), Certificados de Pago Especial (CPE) u otros comprobantes de pago emitidos por el ex Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) o EsSalud, siempre que dicha información no se encuentre en los sistemas que administra la ONP.
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