¿Qué es el subsidio por lactancia?
Es el monto en dinero que se otorga con el objeto de contribuir al cuidado del recién nacido, hijo de asegurado regular o de régimen especial o agrario, por un monto de S/. 820.00, por cada lactante.
¿Cuáles son las condiciones para recibir el subsidio?
Contar con tres (03) meses de aportación consecutivos o cuatro (04) no consecutivos dentro de los seis (06) meses calendarios anteriores al mes en que se inició la contingencia.
El asegurado agrario debe contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no consecutivos en los últimos doce meses, anteriores al mes en que se produjo el parto.
Contar con vínculo laboral al momento de la contingencia (nacimiento).
El lactante debe estar inscrito como derechohabiente del asegurado.
Si la madre del lactante no es asegurada titular, deberá estar inscrita en EsSalud.
Si el lactante ha fallecido, corresponde efectuar la inscripción póstuma.
¿Qué documentos debo presentar para solicitar el subsidio?
1.- Formulario 1040, debidamente llenado
2.- Mostrar documento de identidad original.
Casos especiales:
Si un tercero presenta la solicitud
Copia del DNI del tercero que realiza el trámite de la solicitud y mostrar original.
Carta poder simple de representación para trámite de la solicitud.
Si la madre del lactante falleció
Partida original de defunción de la madre (que presentará el padre o tutor).
Documento que acredite la tutela del niño, en el caso de tutor y de abandono del menor.
Si la madre del lactante es menor de edad y soltera, sin título oficial que la autorice a ejercer una profesión u oficio.
La prestación se pagará a través de su padre o tutor, para lo cual deberá presentar copia y mostrar el original del documento que lo acredite como tal.
¿Quién es el responsable de tramitar y cobrar el subsidio por lactancia?
La madre y, en caso de fallecimiento de esta, el padre o tutor (quien tuviera a su cuidado al niño).
Si el lactante estuviera en estado de abandono, la persona o entidad que acredite tener la tutoría puede realizar el trámite del subsidio, a partir de la fecha en que se otorgó la tutela.
En caso de que la madre sea menor de edad, soltera y sin título oficial que la autorice a ejercer profesión u oficio, la prestación se le pagará a través de su padre o tutor.
¿Qué pasa cuando falsifican documentos para obtener el derecho?
Los empleadores o asegurados que falsifiquen documentos para obtener el pago del subsidio, serán sancionados con multa, sin perjuicio de las acciones judiciales a que hubiere lugar.
¿Hasta cuando puedo solicitar este subsidio?
Tiene como plazo de presentación hasta 90 días posteriores a la fecha de nacimiento del niño, más 6 meses.
Formulario 1040: “Solicitud De Prestaciones Económicas”, debidamente llenado y firmado. http://www.essalud.gob.pe/downloads/SOLICITUD_DE_PRESTACIONES_ECONOMICAS.pdf
Lista de oficinas seguros y prestaciones económicas. http://www.essalud.gob.pe/lactancia/
CONSULTAS FRECUENTES SOBRE SUBSIDIO POR LACTANCIA SIN PAPELES
1. ¿El pago del Subsidio por Lactancia sin Papeles, procede en todos los Hospitales de EsSalud? Solo procede en los Hospitales que cuentan con el Sistema de Registro del Certificado de Nacido Vivo en Línea. Caso contrario, deben realizar su trámite en las Oficinas de Seguros y Prestaciones Económicas de ESSALUD.
2. ¿Las aseguradas que dieron a luz en clínicas particulares realizarán el trámite de manera normal, a solicitud de parte? No, el pago del Subsidio por Lactancia sin Papeles también aplica a los hospitales de MINSA, Clínicas Particulares y hospitales de las Fuerzas Armadas que cuenten con el Sistema de Registro del Certificado de Nacido Vivo en Línea.
3. ¿Es necesaria la presentación del Formulario 1010 en el Banco, para el pago del Subsidio por Lactancia sin Papeles? No es necesario. Se ha coordinado con el Banco para que reitere a sus Oficinas que no exijan el Formulario 1010.
4. ¿Es necesaria la firma de un abogado, para la presentación de los recursos de apelación? No. De acuerdo a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (art. 122º) no es requisito la firma de abogado en los recursos administrativos.
5. ¿Si el pago de subsidio, ya cuenta con fecha de programación de pago, según lo informado por ESSALUD, porqué en los bancos, indican que no figura el depósito? Estos casos solo se pueden presentar, cuando el Jefe de la OSPE, realice el control posterior y determine que no corresponde el pago.
6. ¿En caso que demore el trámite, que debo hacer, en qué oficina puedo presentar mi reclamo? Las consultas sobre el pago de Lactancia de Oficio, se pueden realizar al correo subsidios@essalud.gob.pe
11 comentarios:
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0. No hey recibido ningún bono
1. Cómo puedo saber si estoy segurada
2. No me a tocado el bono de lactancia
3. A mi no me dieron el bono por lactancia, por tener proceso judicial con el padre de mi niña. Que puedo hacer al respecto, mi hija ya tiene 6años???
4. buenas tardes como puedo saber del bono lactancia tengo mi bebe d 8 meses
5. Hola buen día, cómo puedo saber si accedo o no al bono de lactancia tengo mi hijo de 9 meses
6. De mi mi hija nacio en mes de octubre año pasado pero no me dieron ningun bono a pesar que estoy aportando mas de 7 años a que numero puedo comunicar o que debo hacer
7. A quien se presentara,los requisitos solicitados?
8. No me tocó el bono de lactancia tengo una hija q tiene 6 meses como como puedo saber y a quien puedo consultar
9. Como saber si accedo o al bono mi bebe tiene 8 meses
10. Mi hija cumple un añito ST mes podré recibir ST subsidio q es la lactancia