A menos de un mes de celebrarse la Navidad 2023, las empresas ya comienzan a prepararse para el pago de las gratificaciones a sus trabajadores. De acuerdo a la Ley N° 27735, los empleados formales tienen derecho a recibir dos gratificaciones al año: Una en la quincena de julio y otra en la quincena de diciembre, la cual está próxima a iniciar.
La gratificación es un beneficio laboral que se otorga a los trabajadores del régimen laboral privado, siempre y cuando el empleado haya laborado al menos un mes completo en el semestre de julio a diciembre del 2023.
La ley indica que el monto de la gratificación es equivalente a la última remuneración básica que recibió el trabajador, sin hacer los descuentos de AFP u ONP, ni seguros.
Además de ese monto de ‘grati’, se suma la bonificación extraordinaria que corresponde al aporte que realizar la empresa por tu seguro de EsSalud o Entidades Prestadoras de Salud (EPS).
La Cámara de Comercio de Lima (CCL) precisa que este derecho laboral se entrega a los trabajadores con contrato indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial.
En el caso de los empleados de las pequeñas empresas, contratados después de que la empresa se inscribió en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), la ley indica que ellos percibirán medio sueldo de gratificación.
También tienen derecho a medio sueldo de gratificación, los trabajadores de la microempresa que hayan sido contratados antes de que la microempresa se inscriba en el Remype.
- Profesores universitarios de la Ley N° 302020
- Personal de salud pertenecientes al Decreto Legislativo N.° 1153, obreros permanentes y eventuales del sector público.
- Pensionistas comprendidos en los regímenes de las Leyes N° 15117 y 28091. Además, quienes están bajo el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y las leyes N° 19846 y 20530.
- Personal de la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas.
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