En los casos que el propietario del DNI no pueda ir a recogerlo, puede recogerlo otra persona, llevando:
1. El ticket de recojo
2. Una carta poder con huella digital del índice derecho (imprima este formato).
3. Firma legible de la persona titular del DNI tramitado.
4. De contar con el DNI anterior, deberá entregarlo y suscribir la declaración de anulación del DNI (imprimir formato aqui)
5. De no contar con el DNI deberá llenar la declaración jurada de pérdida del DNI (imprimir formato)
Los formatos debe entregarlos al momento de recoger su nuevo DNI.
Si usted tuviera alguna duda, observación o sugerencia, llamar a ALO RENIEC 0800-11040 o escríba a consultas@reniec.gob.pe
Para ver si ya está su DNI listo, ingrese a: http://rectificaciondniweb.reniec.gob.pe/EstadoTramite/ donde debe digitar su numero de DNI en la opcion "Duplicado o Rectificación".
Artículo 84°: “El DNI debe utilizarse para: a) Los casos en que las personas requieran acreditar su identidad. b) Sufragar en elecciones políticas.”
Artículo 94°.- (…) La solicitud de renovación deberá efectuarse dentro del período que comprenda los 60 días previos a la fecha de caducidad del DNI.
Artículo 95°: “El DNI que no sea renovado dentro del plazo establecido (…) perderá vigencia. En tal caso y hasta no obtener su DNI renovado el titular no podrá realizar ninguno de los actos señalados en el Artículo 84° del presente Reglamento”.
Importante
Recuerda que si eres mayor de 65 años o tienes alguna discapacidad, la emisión de tu DNI será gratuita. Los DNI que se emitan a partir de los 65 años del titular no caducarán.
Si no sabe su número de DNI, puede buscarlo en: http://www.esmiperu.com/2016/04/reniec-buscar-personas-por-dni-nombres.html
1 comentarios:
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0. Buenas tarde porfavor ayuda me piden la fecha de emisión de mi nuevo celular