El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) lanzó una convocatoria del programa Techo Propio que permitirá a las 238 familias shipibo-conibo asentadas en la zona de Cantagallo, que fueron afectadas por un incendio en noviembre del 2016, recibir un Bono Familiar Habitacional (BFH) para adquirir un inmueble.
El suelo donde se encontraba la comunidad, en el distrito del Rímac, presenta altos niveles de contaminación, lo que hace imposible la inversión pública y la construcción de viviendas en la zona.
Ante la imposibilidad de continuar con las acciones en el terreno de Cantagallo, el MVCS cumple con el compromiso adquirido por el Estado de plantear una solución de vivienda concreta y viable a la mencionada comunidad.
De acuerdo con la Resolución Ministerial 201-2021-Vivienda, las 238 familias podrán acceder al BFH en la modalidad Adquisición de Vivienda Nueva, que por esta ocasión tendrá un valor excepcional de hasta 109,200 soles, lo que les permitirá cubrir totalmente la compra de un inmueble en un proyecto del programa Techo Propio.
LINK de la convocatoria: https://www.mivivienda.com.pe/portalweb/usuario-busca-viviendas/pagina.aspx?idpage=30
Requisitos para el acceso
Las familias de Cantagallo que deseen recibir este subsidio no reembolsable deberán cumplir con los requisitos establecidos en el reglamento operativo aprobado por Resolución Ministerial 120-2020-Vivienda.
Asimismo, tendrán que presentar la renuncia al derecho de propiedad o posesión sobre el terreno que ocupan en la zona de Cantagallo, con firma legalizada ante el notario. En el caso de los beneficiarios fallecidos, el BFH se otorgará al heredero legal y de haber varios herederos legales, estos deberán designar a un heredero representante.
Las familias interesadas en participar en esta convocatoria tienen plazo para inscribirse hasta el 31 de diciembre del 2021.
De acuerdo a la explicación del Ministerio de Vivienda, un estudio geotécnico determinó que el terreno ubicado en la zona denominada Cantagallo se encuentra contaminado por metales pesados, por lo que está prohibido realizar habilitación urbana y la construcción de edificaciones de cualquier naturaleza en áreas degradadas por residuos sólidos.
En ese sentido, se ha previsto la recuperación de estas áreas para otros usos, destinados para actividades de tipo recreativo y/o deportivo, quedando prohibida la construcción de estructuras pesadas y la instalación de redes de servicios de ningún tipo (saneamiento, electricidad, comunicaciones, gas, entre otros).
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