La redacción del artículo sobre la inmunidad parlamentaria que fue aprobada con 82 votos, por otro lado, precisa que los parlamentarios:
“... no son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emitan ni por las acciones legislativas, de representación, de fiscalización, de control político u otras inherentes a la labor parlamentaria que realicen en el ejercicio de sus funciones”.
Asimismo, señala que solo la Corte Suprema de Justicia podrá ver los procesos penales por delitos comunes cometidos por los parlamentarios durante la duración de sus mandatos de representación.
A su turno, Gino Costa (PM) opinó que esta facultad se convirtió en un mecanismo de impunidad que perjudicó la imagen del Parlamento ante la ciudadanía.
Para el parlamentario Reymundo Dioses (SP), la inmunidad parlamentaria ha sido un factor de descrédito que pone en riesgo el Estado democrático y, por ello, la eliminación de esta era un asunto urgente para una verdadera reforma política.
Otro fue el parecer de Paul García (AP), quien alertó que de eliminarse la inmunidad, cualquier legislador podrá ser denunciado por difamación o por falsos cargos solo con el fin de que se le impida fiscalizar.
¿DE QUE TIENEN MIEDO?
“Si no van a usar la inmunidad parlamentaria para cometer delitos, ¿de qué tienen miedo?”, preguntó el vocero de Podemos Perú (PP), Daniel Urresti.
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