Las reprogramaciones de deuda que otorguen loss bancos, financieras, cajas municipales, cajas rurales, edpymes y cooperativas, deberán tener un plazo mínimo de seis meses y hasta un máximo de cuatro años o 48 meses, a tasas de interés menores a las pactadas originalmente con el cliente.
Es la primera vez que el BCR que hace este tipo de operaciones Repo, el cual beneficia a las empresas y familias: créditos hipotecarios, créditos vehiculares, y créditos de consumo; así como de capital de trabajo, proveedores, compra de insumos, bienes de capital entre otros.
Los clientes se beneficiarán con la reducción de las tasas de interés de sus créditos. Así lo estableció a través de la Circular N° 0021-2020-BCRP publicada hoy en el diario oficial El Peruano, referida las Operaciones de Reporte con Reprogramaciones de Carteras de Crédito.
Para este fin, también podrán incluir créditos que compren a otras instituciones financieras, ofreciéndole al cliente final una reprogramación de las condiciones originales.
Link para reprogramar las deudas
Reprograma tu deuda en BBVA https://www.bbva.pe/personas/exoneracion-de-pago.html
Reprograma tu deuda en Interbank https://interbank.pe/promociones/inscripcion/teayudamos-prestamos
Reprograma tu deuda en Scotiabank https://www.scotiabank.com.pe/Personas/reprogramacion-deudas-personas-naturales/formulario-registro
Condiciones:
a) El plazo residual de los créditos debe ser mayor a 6 meses.
b) Los créditos reprogramados no deben corresponder a empresas vinculadas a la
Empresas Financieras ni a sus directores y trabajadores.
c) Durante la vigencia de la Operación, la tasa de interés aplicable a los créditos
reprogramados deberá incorporar la reducción establecida por el BCRP en la
convocatoria de la Operación.
d) La tasa de interés, luego de la vigencia de la Operación, no debe exceder la tasa
de interés original del crédito.
e) Otras condiciones que el BCRP pueda establecer respecto de la Empresas Financieras o de los
créditos reprogramados.
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